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COMO PROBAR UNA ACCIÓN POR CONCEPTO DE ENCARGO Y/O PRÉSTAMO NEGLIGENTE

cómo probar una acción por concepto de encargo y/o préstamo negligenteCada vez que el dueño de un tráiler le renta su vehículo a otro conductor, el dueño puede ser sujeto a responsabilidad civil con motivo de la negligencia del conductor en base a la teoría legal americana conocida como “encargo y/o préstamo negligente” (Negligent Entrustment).  Texas contempla una acción legal por concepto de encargo negligente sobre vehículos de motor.  La pregunta que surge es ¿cómo probar una acción por concepto de encargo y/o préstamo negligente?  Para ello se tienen que reunir los siguientes requisitos:

  1. El dueño le encargó y/o prestó su vehículo a otra persona;
  2. Esa otra persona no cuenta con licencia, o es un conductor incompetente o imprudente;
  3. El dueño sabe o debería de saber que el conductor no cuenta con licencia, o que es un conductor incompetente, o que es propenso a manejar con imprudencia;
  4. El conductor se condujo con negligencia durante el incidente materia de la controversia; y/o
  5. La conducta negligente del conductor fue la causa inmediata de las lesiones que sufrió la parte actora.

Los elementos 1, 4 y 5 son más que obvios.  Por ello, en este artículo nos enfocaremos principalmente en los elementos 2 y 3, mismos que se pueden analizar conjuntamente.

Por lo regular, la propiedad puede acreditarse con la factura del vehículo o con la póliza de seguro que ampare dicho vehículo.  Alternativamente, la propiedad puede acreditarse si se demuestra el derecho de poseer y controlar dicho vehículo.  La habilidad de ejercer algo de control no es suficiente para acreditar el encargo y/o préstamo negligente, ya que forzosamente tiene que existir el derecho de controlar el vehículo.  La negligencia del conductor y el nexo causal son los elementos más importantes en esta acción de negligencia.

No se requiere tener actual conocimiento sobre la falta de licencia, la incompetencia y/o imprudencia del conductor para que prospere esta acción.  Sin embargo, si el conductor cuenta con una licencia de conducir válida al momento en que se le encomendó o prestó el vehículo, entonces es posible que se requiera mayor evidencia para acreditar el elemento número 3.  Es un requisito indispensable contar con una licencia de conducir válida para poder contratar a un chofer de un vehículo comercial, y por su parte las compañías transportistas raramente contratan a alguien que no cuenta con una licencia de conducir válida.  Sin embargo, como ya se mencionó con anterioridad, todavía es posible acreditar este elemento con otras pruebas.

En un juicio una corte determinó la existencia de un encargo y/o préstamo negligente cuando una compañía transportista contrató a un conductor sin haber hecho una búsqueda de antecedentes sobre su historial en materia de infracciones de tráfico.  De haberse hecho esta búsqueda, la empresa transportista se hubiera dado cuenta que el trabajador contaba con varias infracciones de tránsito, que había estado involucrado en dos accidentes y que la causa de los accidentes fue culpa suya, y que además su licencia de conducir había sido suspendida hace tres años.  Dado que la compañía no tenía actual conocimiento sobre el historial de su conductor al momento en que lo contrataron, la corte resolvió que había suficientes pruebas para determinar que había ocurrido un encargo y/o préstamo negligente.

Ahora bien, si la compañía transportista en efecto lleva a cabo una búsqueda de antecedentes y encuentra evidencia de incompetencia o imprudencia por parte del conductor y a pesar de ello le presta le encarga el vehículo, el elemento de “conocimiento” se cumplirá con facilidad.  Por regla general, las multas de tránsito por no contar con seguro no son suficientes para ello.  Sin embargo, las infracciones de tránsito por manejar en exceso de velocidad, manejar de forma imprudente, cambiar de carriles de forma insegura, etc., o bien, haber estado involucrado previamente en accidentes vehiculares, son por lo regular suficientes por sí mismos para acreditar imprudencia o incompetencia.

En algunas circunstancias, poniendo como ejemplo a los conductores de agencias de autos, es común que las agencias contraten conductores inexpertos a cambio del pago de un salario mínimo.  Típicamente, estos conductores cuentan con poca o nula experiencia manejando vehículos comerciales, y a pesar de ello, se les encarga y/o presta el vehículo.  Es probable que en estos casos la agencia no proporcione capacitación al conductor pues en muchas ocasiones solamente se contratan sus servicios cada vez que se requiere.

Asimismo, hay casos en que los conductores al momento de llenar la solicitud de empleo correspondiente indiquen que no cuentan con experiencia o conocimientos para manejar vehículos comerciales, lo cual puede ser suficiente por sí mismo para acreditar el “conocimiento” como parte del elemento 3 antes mencionado.  Además, si la compañía transportista no le proporciona capacitación y/o adiestramiento a un conductor sin experiencia, como mínimo, se debería de considerar que dicho conductor es incompetente.

El equipo legal de la Firma de Abogados Amaro cuenta con la experiencia y conocimientos necesarios para ayudarte en tu asunto.  Contamos con amplia experiencia en el manejo de accidentes de camiones y empresas transportistas, incluyendo asuntos relacionados con encargo y/o préstamo negligente.  Si tienes dudas o requieres mayor información, te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros al (830) 326-4444, o que nos envíes un correo hoy mismo.

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