La Industria de Transporte de Carga es uno de los sectores más importantes de la Economía Americana. Miles de camiones recorren millones de millas transportando billones de toneladas de mercancía cada año. Esta industria también es una de las más reguladas por un sinnúmero de leyes, reglamentos y disposiciones generales. La Administración Federal de Seguridad en Materia de Autotransportes (The Federal Motor Carrier Safety Administration, FMCSA, por sus siglas en inglés) es la autoridad encargada de ejecutar las leyes en materia de transporte de carga. Esta entidad se encarga de supervisar la forma en que los choferes y las compañías de transporte operan, incluyendo todo lo relativo a medidas de seguridad y horas de trabajo por parte de los choferes.
Leyes en Materia de Camiones de Autotransporte
Por lo regular, los choferes tienen la presión de llevar ciertos cargamentos a su destino dentro de un plazo determinado. De igual forma, un chofer puede enfrentar sanciones de tipo económico, suspensión o terminación de la relación laboral por no haber entregado mercancía a tiempo. Por tal motivo, es posible que el chofer intente ignorar los síntomas de una enfermedad o del cansancio para poder cumplir con el plazo de entrega.
Sin embargo, las Leyes en Materia de Autotransporte de Estados Unidos expresamente prohíben a los choferes manejar sus vehículos “mientras su capacidad o reflejos se encuentran a tal grado disminuidos o susceptibles de disminución, ya sea por el cansancio, por alguna enfermedad o por cualquier otra causa”, y que pueden convertirlos en una amenaza para los usuarios de carreteras y autopistas.
Los choferes también pueden recurrir al consumo de drogas con la finalidad de contrarrestar el cansancio o el aburrimiento de manejar. Las Leyes en Materia de Autotransporte emitidas por la FMCSA también prohíben el consumo de drogas “a tal grado que imposibilite al chofer para conducir de forma segura el vehículo”. Estas Leyes expresamente prohíben el uso de cualquier droga que se encuentre establecida en el “Anexo I” de la Ley en Materia de Sustancias Controladas. Estas drogas incluyen:
- Opiáceos y derivados del opio (Ej.; heroína, morfina y codeína)
- Alucinógenos (Ej.; mariguana, LSD, psilocibina)
- Antidepresivos (Ej.; GHB)
- Estimulantes (Ej.; metanfetamina)
También la FMCSA, ha emitido leyes y reglamentos que tienen por objeto que los choferes obtengan tiempo de descanso. Estas Leyes en Materia de Autotransporte establecen que el chofer debe de tener un descanso mínimo de 10 horas consecutivas antes de iniciar con el nuevo turno. Después de estas 10 horas de descanso, el chofer no puede manejar por más de 11 horas en un periodo de 14 horas consecutivas.
También estas leyes exhortan a los choferes a descansar entre sus jornadas, así como tomar un descanso de 34 horas por semana. Las semanas laborales para estos choferes puede ser de 60 horas cada 7 días o de 80 horas cada 8 días, dependiendo si el transportista labora todos los días de la semana.
A pesar de que estas Leyes son estrictas, tanto los choferes como los transportistas continúan incurriendo en conductas peligrosas con la finalidad de trasladar el cargamento a su destino. Cuando esto sucede, el chofer puede representar una amenaza para sí mismo y para otros conductores.
Aquellos conductores que sufran una lesión bajo estas circunstancias, pueden presentar una demanda en contra del chofer y del transportista. El pago que se obtenga en el juicio correspondiente puede ser de utilidad para cubrir los gastos asociados a estos accidentes, incluyendo:
- Hospitalización
- Exámenes médicos (Ej. Rayos-X, tomografías, análisis de sangre, etc.)
- Consultas médicas
- Recetas médicas
- Procedimientos quirúrgicos
- Atención médica pre y post-operatoria
- Atención psicológica
- Pérdida de ingresos actuales (salario)
- Reparación de vehículo
- Pérdida de ingresos futuros
- Gastos médicos futuros
- … y muchos más
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